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Sagastume Buzones - Norma UNE EN13724 aplicable a los buzones de España - Distribuidores nacionales de buzones, tablones de anuncios, cestas de publicidad, señalizaciones, papeleras,... dirigido a comunidades de propietarios y administradores de fincas.

Norma UNE EN13724 aplicable a los buzones de España

RESUMEN DE LA NORMA UNE EN 13724

En julio de 1998, se publicó en España la Ley 24/1998 de Servicio Postal, la cual se desarrolló posteriormente en un Reglamento, publicado en Diciembre de 1999 en el Real Decreto 1829 / 1999, de gran importancia, porque:
  1. deroga toda la normativa postal existente desde el año 1964, incluida aquella que afectaba a las medidas de los buzones.
  2. establece que los buzones deberán tener las características que se establezcan en el sector postal, de acuerdo al espíritu de la Directiva 97/67/CE (art. 34.1)
  3. obliga a la colocación de 1 buzón extra para devoluciones (el buzón del cartero) en todas las viviendas de propiedad horizontal (pisos) (art. 34.2)
En Noviembre de 2002, se aprueba en el CEN (Comité Europeo de Normalización) la norma sobre buzones EN 13724, publicada posteriormente en 2003 en todos los países europeos, derogando todas las normativas existentes hasta ese momento.
En España, Aenor publicó esta norma con la referencia UNE-EN 13724, el 30 de Mayo de 2003. Su aparición en el BOE nº 205 tuvo lugar el 27 de Agosto de 2003.
La norma se convierte así en el único referente del mercado europeo de buzones.

 MEDIDAS DE LOS BUZONES

La norma no marca unas medidas de buzón, sino unos parámetros para calcularlas:

  • En el buzón debe tener cabida el sobre llamado C-4, de medidas 324 x 229 mm. Llenando ese sobre de hojas A-4 con un espesor de 24 mm, debe ser posible introducirlo en el buzón y retirarlo sin dañarlo.
  • Debe ser posible alojar en el buzón correspondencia que sume 40 mm de grosor, quedando ésta a, al menos, 5 mm de distancia del extremo de la rampa de seguridad. Estos parámetros ayudan a determinar la altura mínima que debe tener el buzón.
  • La boca (o abertura) del buzón debe tener una altura de 30 x 35 mm (puede llegar a 40 mm en el caso de los bocacartas) y una anchura de:

                          -  325 a 400 mm, si es un buzón revistero en anchura

                          -  230 a 280 mm, si es un buzón revistero en profundidad

 

REQUISITOS DE LOS BUZONES
Confidencialidad: El buzón no debe tener ventana para visión al interior
Resistencia a la Corrosión: Los buzones de exterior, los buzones de doble acceso y los bocacartas (es decir, todos los buzones menos los de interior) deben someterse a un ensayo de niebla salina y soportarlo al menos durante 96 horas.
Resistencia a la penetración de Agua: los buzones de exterior, los buzones de doble acceso y los bocacartas (es decir, todos los buzones menos los de interior) deben superar una prueba de lluvia en la que, durante 10 minutos, se exponen los buzones a un flujo de agua de 16 litros, y el volumen de agua penetrada no debe superar 1 cm cúbico.
Seguridad contra el robo: son varios los requisitos que se exigen en esta materia:
  • Rampa de seguridad: la boca del buzón debe incorporar un plano inclinado, de al menos 15 mm de fondo, que dificulta la entrad de la mano por la boca. Estará inclinada hacia arriba en los buzones horizontales, y hacia abajo en los verticales.
  • Resistencia a tirones externos: la puerta del buzón debe poder soportar un tirón de una fuerza de 150 N para alcanzar el Grado 1 de seguridad ó de 220 N para alcanzar el Grado 2 de seguridad.
  • Cerradura: la cerradura debe tener al menos 200 combinaciones reales distintas.
  • En el caso de los bocacartas, una vez instalados, no debe se posible quitar las fijaciones (tirafondos, tornillos ó similar) desde el exterior.

COLOCACION DE LOS BUZONES

  • En el caso de los buzones individuales (por ejemplo: buzones de exterior, bocacartas...) la línea central de la abertura (boca) debe estar a una altura entre 70 y 170 cm medida desde el nivel del suelo, por el lado por el que se entrega la correspondencia.
  • Si se trata de agrupaciones de buzones, las líneas de las bocas deben estar entre 40 y 180 cm del suelo.
  • Un bocacartas no se debe fijar a menos de 40 cm de la cerradura de la puerta, a no ser que exista una cerradura auxiliar más lejos, o que la puerta pueda cerrarse desde dentro con una llave extraíble.
  • Si la distancia entre un bocacartas y el nivel de depósito de la correspondencia es mayor a 68 cm, la altura de la boca del bocacartas puede llegar a 40 mm y no necesita rampa de seguridad.

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